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Venezuela: Presidente tendrá control sobre cantidad de armas que circulen

«Quieren aprobar la ley vía Habilitante», advirtió Juan Carlos Caldera. El proyecto crea una secretaría técnica adscrita al despacho que hoy conduce Elías Jaua

El proyecto de Ley para el Desarme y Control de Municiones que elabora la Asamblea Nacional está prácticamente listo.

«Sólo ajustamos algunos detalles de forma para presentarlo la próxima semana», dijo una fuente ligada a la Comisión Mixta de Política Interior y Defensa, encargada de redactar el instrumento.

En los últimos dos años, ante el incremento de los índices delictivos, la oposición ha reclamado al Ejecutivo, y puntualmente al Presidente, que asuma la responsabilidad por la criminalidad y la corrupción policial que facilita el acceso de armas y municiones a delincuentes. El Ejecutivo se ha escudado con el principio de corresponsabilidad según el cual la sociedad es partícipe de los problemas y sus soluciones.

Sin embargo, luego de la aprobación de la Ley para el Desarme, no serán la secretaría ni los órganos rectores, ni siquiera la vicepresidencia, los responsables por la cantidad de armas y municiones que circulen en el país: será el presidente de la República.

El artículo 44 establece que «el plan de fabricación e importación de los tipos y cantidades de armas de fuego y municiones, a producirse por la empresa estatal fabricante, deberá ser sometido anualmente a la aprobación del presidente de la República en consejo de ministros». El siguiente artículo ordena a la empresa estatal fabricante de armas y municiones una rendición anual sobre «la fabricación, importación, exportación y comercialización de municiones ante el presidente de la República en consejo de ministros».

Vicepresidente al frente. El documento establece que mientras el Ministerio de la Defensa, a través de la Dirección de Armas y Explosivos, es el órgano rector para el control de la fabricación, venta, distribución y destrucción de armas y portes legales, el Presidente creará una Secretaría Técnica Permanente adscrita a la Vicepresidencia de la República (artículo 8).

Esta instancia será la «encargada de articular, coordinar, diseñar, desarrollar, difundir e implementar una política pública integral sobre el desarme, el control de armas de fuego y municiones, conjuntamente con los órganos de recuperación y desarme». Los órganos de recuperación y desarme son los ministerios de Interior y Defensa.

La versión definitiva de la propuesta que será llevada a segunda discusión en la plenaria ha sido producto del consenso entre las bancadas de oficialismo y oposición, y se espera que entre en la cuenta de la próxima sesión plenaria, probablemente el martes de la semana próxima.

Anónimo y voluntario. La Secretaría Técnica Permanente de Desarme otorgará compensaciones o incentivos a las personas que de forma voluntaria y anónima entreguen armas de fuego lícitas o ilícitas.

Estas personas no podrán ser reseñadas por las autoridades.

El tipo de compensación para cada caso será definido en el reglamento que deberá aprobar el Ejecutivo en un lapso de 6 meses luego de la aprobación de la Ley.

El Presidente también será responsable de aprobar los recursos necesarios para que el Programa Nacional para el Canje de Armas de Fuego y Municiones funcione adecuadamente. Este plan será diseñado por la Secretaría Técnica que designará el primer mandatario.

El instrumento legal consta de 102 artículos, una disposición derogatoria, 5 transitorias y una final. La primera disposición transitoria establece que los poseedores de las armas de fuego excedentes que no califiquen para la obtención de otro tipo de licencia de porte deberán entregarlas al órgano competente para su destrucción inmediata sin indemnización de ningún tipo.

El diputado Ricardo Sánchez (UNT) dijo que en la versión final de la ley se modificó la cantidad de portes de arma por persona. «Inicialmente habíamos acordado que sólo se permitiera un solo porte. Ahora el DAEX podría autorizar armas de fuego adicionales sobre la base de un estudio de oportunidad, conveniencia y proporcionalidad», señaló. Ejemplo, si un ganadero de la frontera porta un arma de fuego para defensa personal, podría solicitar otros tipos de porte.

Fuente: El Nacional, Caracas Venezuela, 16/06/2012

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